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Modificación de Descansos de Taxis

A partir del 24 de mayo de 2021 entra en vigor esta medida. Puede consultar los detalles de la misma.

Los taxis deberán descansar los días que se les ha asignado en el Anexo II de lunes a viernes. Los viernes desde las 20:00h hasta las 6:00h del día siguiente, se podrá prestar el servicio hasta 100%. Los sábados al 50% desde las 6:00h hasta las 20:00h y desde las 20:00h hasta las 6:00h del domingo se podrá prestar el servicio hasta el 100% de la flota. Por último, los domingos se podrá prestar hasta el 50% desde las 6:00h.

Se exceptúa de esta medida a los vehículos taxi adaptados o eurotaxis y los servicios concertados.


Consulte el texto completo del Decreto en PDF.

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