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Descanso de Euro-Taxis

El 13 de julio se ha publicado en el tablón de Edictos del Ayuntamiento de Granada y en el BOP el Decreto por el que se regula el descanso semanal para los vehículos adaptados o euro-taxis.

Puede consultar el texto completo en Tablón de Edictos de Granada.org.

En el decreto anteriormente citado se dispone:

  • Primero: Modificar el calendario de descanso semanal para los vehículos adaptados o euro-taxi, de tal forma que a dichos vehículos no tengan la obligación de acogerse al descanso semanal obligatorio establecido para el resto de vehículos auto-taxis.
  • Segundo: Establecer la obligación de mantener un mínimo de vehículos euro-taxis en servicio de jueves a domingo de la siguiente forma:
    Jueves de 00:00h a 23:59h deberá haber en servicio 2 euro-taxis.
    Desde el Viernes a las 00:00h hasta el Domingo a las 23:59h deberá haber en servicio 3 euro-taxis.
    Festivos y vísperas de festivo, desde las 7:00h de la víspera de festivo hasta las 23:59h del día festivo deberá haber en servicio 3 euro-taxis.
  • Tercero: La asociación representativa de los titulares de las licencias de vehículos adaptados deberá comunicar al Ayuntamiento de Granada las licencias que prestarán los servicios obligatorios en los días concretos. Como mínimo dicha comunicación deberá realizarse una vez al trimestre y deberá presentarse en el registro general del Ayuntamiento al menos el día anterior al inicio del periodo al que se refiera.

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